domingo, 22 de enero de 2017

DECLARACIÓN INFORMATIVA DEL PATRIMONIO

DECLARACIÓN INFORMATIVA DEL PATRIMONIO


Resultado de imagen para gaceta oficialEn Gaceta Oficial N° 41.075 de fecha 16 de enero de 2017 fue publicada la  Providencia Administrativa SNAT/2017/0002, mediante la cual se establece la obligación de las personas jurídicas calificadas como sujetos pasivos especiales de presentar la Declaración Informativa del Patrimonio.


OBJETO

El objeto de la providencia según lo señalado en el Artículo 1 de la misma, es establecer la obligación de presentar Declaración Informativa del Patrimonio para las personas jurídicas calificadas como sujetos pasivos especiales.


PATRIMONIO

A los efectos de esta providencia se entiende por patrimonio el conjunto de bienes y derechos de contenido económico.
LAPSO PARA DECLARAR

Los sujetos obligados por esta providencia, deberán presentar la Declaración Informativa del Patrimonio, cumpliendo con las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en el portal del SENIAT, dentro de los noventas (90) días siguientes a la entrada en vigencia de esta Providencia Administrativa.
SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO


Los sujetos pasivos que no cumplan con las normas previstas en la presente Providencia Administrativa, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el Código Orgánico Tributario.
VIGENCIA
Esta Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana Venezuela.

FORMATO DE LA DECLARACIÓN

El SENIAT publicó en su portal en  Excel el formato para la declaración, donde básicamente se le solicita al contribuyente un detalle de los activos que componen su balance.

Lo que no está claro es que si esta declaración se hará vía electrónica, ya que no observamos en el Menú de Contribuyente para los Procesos Tributarios un link que permita hacer la declaración electrónica por lo que presumimos que se deberá hacer en  el formato de Excel publicado en el portal del SENIAT y consignar ante la oficina de Contribuyentes Especiales de la jurisdicción que corresponda a cada Sujeto Pasivo Especial.

Este boletín ha sido elaborado por la División de Impuestos de Gómez, Marquis y Asociados – Grant Thornton Venezuela a título informativo y referencial, por lo que para mayores detalles le invitamos a revisar la respectiva providencia.En caso de requerir asistencia y asesoria no dude en contactarnos.

Contacto
Gómez, Marquis y Asociados – Grant Thornton
T +58 2127620353 |
E grant.thornton@ve.gt.com



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